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- Solemnidades del matrimonio
Publicado por: Salomón Villacrés
20 de septiembre de 2011
Art. 102.- Son solemnidades esenciales para la validez del matrimonio:
1a.- La comparecencia de las partes, por sí o por medio de apoderado especial, ante la autoridad competente;
2a.- La constancia de carecer de impedimentos dirimentes;
3a.- La expresión de libre y espontáneo consentimiento de los contrayentes;
4a.- La presencia de dos testigos hábiles; y,
5a.- El otorgamiento y suscripción del acta correspondiente.