Publicado por: Salomón Villacrés 20 de marzo de 2014

Antecedentes

Luego de finalizada la Segunda Guerra Mundial, el panorama socio-político del planeta cambió. Tras la caída del eje Roma-Berlín-Tokio, se alzaron de entre las potencias victoriosas dos superpotencias: Estados Unidos de América y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. 

El mundo se dividió en tres partes. Uno de esas partes fue el mundo capitalista liderado por Estados Unidos y conformado con los países alineados a este sistema político-económico. La otra cara de la moneda fue el mundo comunista con eje en la URSS e integrado por países coidearios. Finalmente un tercer mundo en la cual quedaron los países que no participaron en la Segunda Guerra Mundial, ni se alinearon a alguno de los anteriores mundos mencionados, quedando estos en vías de desarrollo.

Luego de consolidar la Organización de las Naciones Unidas el 24 de octubre de 1945, se planteó la creación de derechos internacionales que protejan a los ciudadanos del mundo entero. El 10 de diciembre de 1948 en París, la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un catálogo de 30 derechos considerados básicos para todo ser humano. Más tarde, en 1966, se firman los pactos de Nueva York.

División en generaciones
Es Karen Vasak, un jurista checo, quién en 1978 propone por primera vez al Instituto Internacional de Derechos Humanos en Estrasburgo, Francia, la división de los derechos humanos en generaciones. El término fue utilizado desde, al menos, noviembre de 1977. Las teorías de Vasak tenían sus raíces sobre todo en la legislación europea, ya que reflejaban principalmente los valores europeos.

Su división sigue las nociones centrales de las tres frases que fueron la divisa de la revolución francesa: Libertad, igualdad, fraternidad. Los capítulos de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea reflejan en parte este esquema. La Declaración Universal de Derechos Humanos incluye los derechos que son considerados como de segunda generación, así como los de primera generación, pero no hace la distinción en sí mismo (los derechos que figuran en ella no están en orden específico.

Liberté, Egalité, Fraternité

Los derechos humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. La denominada Generaciones es de carácter histórico y considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país. 


Primera generación


Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados "libertades clásicas". Fueron los primeros que exigió y formuló el pueblo en la Asamblea Nacional durante la Revolución francesa. Este primer grupo lo constituyen los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios en diversas partes del mundo a finales del siglo XVIII. 

Los derechos humanos de primera generación, tratan esencialmente de la libertad y la participación en la vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos, y sirven para proteger al individuo de los excesos del Estado. Los derechos de primera generación incluyen, entre otras cosas, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión, y el sufragio. Estos derechos fueron propuestos por primera vez en la Carta de Derechos de los Estados Unidos, y en Francia por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en el siglo XIX, y fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y dándole lugar en el derecho internacional en los artículos 3 al 21 de la Declaración Universal y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Fueron reconocidos fundamentalmente con la revolución francesa y la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano.

Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y difundidos internacional mente, entre los cuales figuran:

  • Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica. 
  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica. 
  • Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos. 
  • Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre. 
  • Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral. 
  • Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación. 
  • Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia. 
  • Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 
  • En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país. 
  • Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean. 
  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión. 
  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
  • Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica. 

Segunda generación

Los derechos humanos de segunda generación están relacionados con la igualdad y comenzaron a ser reconocidos por los gobiernos después de la Primera Guerra Mundial. Son fundamentalmente sociales, económicos y culturales en su naturaleza. Aseguran a los diferentes miembros de la ciudadanía igualdad de condiciones y de trato. Incluyen el derecho a ser empleados, los derechos a vivienda y a la salud, así como la seguridad social y las prestaciones por desempleo. Al igual que los derechos de primera generación, que también fueron incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, además, incorporados en los artículos 22 al 27 de la Declaración Universal y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En Estados Unidos, el presidente Franklin D. Roosevelt propuso una segunda Carta de Derechos, que abarcaba gran parte de este tipo de derechos, en su discurso del Estado de la Unión el 11 de enero de 1944.

La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, debidos a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho. 

De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son: 

  • Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales. 
  • Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias. 
  • Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses. 
  • Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios. 
  • Toda persona tiene derecho a la salud física y mental. 
  • Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. 
  • Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades. 
  • La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita. 
Tercera generación

La tercera generación de derechos se pergeño tras la Segunda Guerra Mundial y el periodo de la guerra fría y que aun levanta discusiones. Ejemplos son el derecho a la auto-determinación. 

Este grupo fue promovido a partir de la década de los setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y colaboración mutua entre las distintas naciones de la comunidad internacional. Entre otros, destacan los relacionados con: 

  • La autodeterminación. 
  • La independencia económica y política. 
  • La identidad nacional y cultural. 
  • La paz. 
  • La coexistencia pacífica. 
  • El entendimiento y confianza. 
  • La cooperación internacional y regional. 
  • La justicia internacional. 
  • El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. 
  • La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. 
  • El medio ambiente. 
  • El patrimonio común de la humanidad. 
  • El desarrollo que permita una vida digna. 
Fuentes

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