Publicado por: Salomón Villacrés 1 de abril de 2014

ESCRITURA PÚBLICA DE PODER ESPECIAL DE PROCURACION JUDICIAL QUE OTORGA 
LA SEÑORITA _________________ A FAVOR DEL ABOGADO_______________-------
CUANTIA: INDETERMINADA-----------

En la ciudad de Guayaquil, capital de la Provincia del Guayas, República del Ecuador, a los cinco días del mes de Enero del año dos mil once, ante mi, Doctor _________________, Notario Trigésimo de este cantón, comparecen a la celebración de la presente escritura pública de PODER ESPECIAL DE PROCURACION JUDICIAL, por parte de ______________________, quien declara ser de nacionalidad Ecuatoriana, de estado civil soltera, Ejecutiva de, domiciliada en este Cantón de Guayaquil, Parroquia Tarqui; Y, por otra parte, el Abogado ______________________, por sus propios y personales derechos, quien declara ser de nacionalidad ecuatoriano, de Estado Civil Casado, de Profesión Abogado, y con domicilio en esta Ciudad de Guayaquil.- Los comparecientes son capaces de obligarse y contratar, a quienes en virtud de haberme exhibido sus documentos de identificación, de conocer doy fe.- Bien instruidos en el objeto y resultado de esta escritura de PODER ESPECIAL DE PROCURADOR JUDICIAL, al que proceden como queda expresado u con amplia u entera libertad para su otorgamiento me presenta la minuta del tenor siguiente: SEÑOR NOTARIO: En el registro de escrituras publicas a su encargo sírvase incorporar una por la cual conste una de PODER ESPECIAL DE PROCURACION JUDICIAL, el mismo que se otorga al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones:

CLAUSULA PRIMERA: COMPARECIENTES.- Comparecen al otorgamiento de la presente escritura publica de PODER ESPECIAL DE PROCURACIÒN JUDICIAL, las siguientes personas: La señorita _______________________________, a quien para efectos de la presente Poder Especial de Procuración Judicial, se podrá denominar como “EL MANDANTE” ; y por otra parte, el abogado ________________________, por sus propios y personales derechos, parte a la que para los mismos efectos, se la podrá de denominar simplemente como “EL MANDATARIO”.-

CLAUSULA SEGUNDA: PODER ESPECIAL DE PROCURACIÒN JUDICIAL.- la señorita ________________________________, tiene a bien en conferir la Procuración Judicial a favor de el abogado _______________________________, para que en calidad de Procurador Judicial de “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación, para que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones judiciales que tenga “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación , para que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones judiciales que tenga “EL MANDANTE” como: Actor o Demandado, y presente escritos que fueren necesarios para defensa e intereses del Otorgante.- En tal virtud el abogado _______________________________, queda investido de las facultades generales que corresponden a la Procuración Judicial, y además quedan facultados para desistir, transigir y recibir la cosa sobre la cual versa el litigio, tomar posesión de ella, así como para absolver posiciones, facultades que se consideran amplias y suficientes, de tal manera que para el ejercicio de la Procuración en estos términos, no hará falta de cláusula especial. Se deja constancia que sin autorización expresa, el Abogado ________________________________I, no puede comprometer el pleito en árbitros o deferir el juramento decisorio.

CLAUSULA TERCERA: DURACIÒN DEL PODER JUDICIAL Y PROCURACIÒN JUDICIAL.- El presente mandato se mantendrá vigente hasta su expresa revocatoria; Podrá terminarse también por cualesquiera de las causales previstas en el Código Civil.-

CLAUSULA CUARTA: ACEPTACIÒN DEL PODER CONFERIDO.- El abogado ____________________________, declara expresamente que ACEPTA el Poder Especial de Procuración Judicial otorgado en este instrumento.- Agregue usted, señor Notario, las demás clausulas de estilo para la completa validez del presente instrumento. Firma) Abogado __________________________ con registro profesional número trece mil doscientos tres del Colegio de Abogados del Guayas.-

Hasta aquí la minuta.-

Los otorgantes aprueban en todas sus partes el contenido del presente instrumento dejándolo elevado a escritura pública para que surta sus efectos legales. La cuantía de esta escritura queda descrita en la minuta inserta-

Leída esta escritura de principio a fin, por mi, Notario, en alta voz a los otorgantes, estos la aprueban y la suscriben en unidad de acto conmigo, doy fe.----------

Persona 
C.C 0901675550

AB. 
C.C 09093669453
C.V 090-0112


SELLO Y FIRMA DEL NOTARIO

{ 5 comentarios... read them below or Comentario }

  1. Una pregunta, esto "la minuta" lo puedo hacer yo mismo o tiene que ser el abogado quien llene esta minuta , porque me quieren cobrar 60 dls por hacerme una minuta.

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    1. LA PUEDE HACER UD MISMO, SIEMPRE Y CUANDO UD TENGA BIEN CLARO LO QUE QUE PRETENDE PEDIR, Y PARA QUE; AHORA TIENE QUE ESTABLECER LA RELACIÓN DE LA LEY Y LA PRETENCION,, POR EL RESTO NO NECESARIA MENTE TIENE QUE HACERLA UN ABOGADO...AHORA EN LA NOTARIA TAMBIÉN VALORARAN EL CONTENIDO DE LA MINUTA Y AHI LE PUEDEN AYUDAR CORRIGIENDO; O CONTACTEC CON MIGO PARA ORIENTARLO MEJOR .. SOY ABOGADO:

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  2. ¿HAY QUE CREAR NUEVAS CLAUSULAS cuando la procuras-ion, sea por litigio de tierras?

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  3. la minuta lo puede hacer usted mismo, pero si o si necesita la firma del abogado, en otras palabras le toca comprar la firma, q le va salir por ahi mismo.

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  4. Felicitándolo por su cero egoísmo,pasó a preguntar, Doctor,esta minuta me puede servir como documento para que me Notarien en Estados Unidos y envíen a Ecuador, para poder transigir en un Juicio de Divorcio, contraído por una ciudadano ecuatoriano con un colombiano y viven en el extranjero, espero
    me pueda guiar, le auguro de antemano éxitos

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